DERECHOS Y DEBERES
Los servicios públicos incluyendo el agua,
alimentación, educación seguridad, protección, Salud, Justicia, Información,
Libertad de Expresión y difusión del pensamiento solo son derechos que los
gobernantes no cumplen.
La
irresponsabilidad Social corrompe y extingue los deberes que exigen la constitución y leyes del ordenamiento
jurídico, los primeros en incumplirlo son los gobernantes y los gobernados
por falta de educación y conciencia.
Cuando
se habla de derechos y deberes se está ante la cualidad o virtud de más elevada
trascendencia que dignifica al hombre o mujer sin importar el grado social,
político, económico y religioso a que pertenezca, tampoco importa el color,
edad, raza ni invalidez física que presente su cuerpo, la facultad de hacer, no
hacer, dar o no dar y de exigir todo lo que la ley permite y que no vulnere el
orden establecido según se indique , porque esos derechos producen obligación y
prudencia que exigen los principios morales, la autoridad y la misma conciencia,
los Deberes, sinónimos de Derechos.
Rosa
Duarte dijo: “Dios me ha conservado la facultad
de pensar, recordar y también me ha concedido el sagrado derecho de protestar
contra los traidores a la Patria” esa
valiente mujer Dominicana fue parte de una de la familia más digna e ilustre
que lucho por la independencia, nació en el barrio Santa bárbara de Santo
Domingo en 28 de Junio 1820, murió en Venezuela en la más absoluta miseria el
25 de Octubre de 1888. Tácito y significativo es el mensaje de la ilustre
heroína que se identifico con el pensamiento de los Duarte en cuanto al sagrado
derecho que tienen los humanos de convertirse en protestante por causas justas
que deben buscarse, solo pensando y recordando el desacierto de los que nos
gobierna se debe exigir los derechos.
La
Constitución de la República en sus artículos, iniciado en el 37, 38, 39, 40 y
Sigts, al 72 contempla todos los derechos que un humano necesita para que la
vida tenga razón de ser y vivirla con más decencia, pero el art. 75 de la misma
Constitución refiere los Deberes Fundamentales que esos derechos exigen en
cuanto a la responsabilidad Jurídica y Moral que obliga mantener buena conducta,
dice el numeral 1 de esa Constitución, que son deberes fundamentales de las
personas, acatar y cumplir la Constitución y las Leyes, respetar y obedecer las
autoridades establecida por ella, prestar servicio para el desarrollo de la
Patria, Tributar, educarse, abstenerse de acto perjudiciales a la estabilidad,
independencia o soberanía y otros que los que gobiernan y gobernados
irrespetan.
En
cuanto a los Derechos se inician desde la concepción vital o sea antes de nacer
hasta la muerte, incluyen la dignidad, la igualdad entre unos y otros, la
libertad y seguridad personal, prohíbe la esclavitud, derecho a la intimidad,
al culto religioso, a la libertad de expresión e información y también difusión
de lo que se piensa, de tránsito, de reunión, de propiedad, a la Salud, al
Medio Ambiente limpio, Justicia con eficacia equidad sin privilegios , a
alimentarse, a la seguridad social, al Trabajo y una serie de prerrogativas que
explicita e implícita contemplan y exigen esos derechos, que solo son una
teoría envuelta en esa normativa que los que gobiernan y administran el
patrimonio estatal y los gobernados no cumplen.
Los Derechos de Hombres y Mujeres, se inicia en esta
tierra todavía Colonia Española, hoy República Dominicana, en 1511 con Antonio Montesino que nació en España en 1475 luego ingreso en la orden de predicadores en el Convento
de San Esteban de la Ciudad de Salamanca y formando parte del primer grupo de
Misioneros dominicos llego a la Isla la Hispañola en 1510, el 21 de Diciembre de 1511 pronuncio antes los encomenderos y el Virrey
Diego Colon, el Sermón de Adviento, censurando las injusticias contra los
aborígenes o Nativos pobladores de la Isla, condenaba los repartimientos de las
tierras y la falsedad de los títulos que otorgaba la soberanía de la
corona de Castilla para dar esas
tierras, denuncio los abusos y el irrespeto contra los derechos arrebatado
contra hombres y Mujeres indefensos, con esas denuncias y defensas nacen las
Leyes de Burgos en 1512 que otorgaban protección a los Aborígenes,
este ilustre reclamante de derecho murió en Venezuela por los años 1540.¡ Glorias para siempre!
Derechos
y Deberes se plasman como normas de desarrollo social para cualquier
colectividad que lo practiquen, responsabilidad es de los que gobiernan
otorgarlo y facilitarlo a los gobernados, y una obligación de prudencia y
equilibrio es la cooperación absoluta de los gobernados en la protección de
esos derechos si las autoridades los ofrecen, la Constitución y otras Leyes
adjetivas los contemplan y dan ordenes y poder a los gobiernos para que éstos
existan, le otorga cada año un presupuesto económico de partidas con valor
Nacional destinado para cada provincias, ¿ Que hacen los administradores
gubernamentales con esas partidas económicas?
entiéndase que ese es el tributo fiscal que aporta el pueblo para exigir
derechos, traducido en servicios públicos art. 147 Const. , Agua, Electricidad, Salud, alimentación,
Justicia, Seguridad, Medicina, Medio Ambiente Limpio, Caminos Vecinales,
Carreteras, Trabajos, Salarios Justos etc., etc., esas son las inversiones que
el pueblo reclama después de hacer sus aportes cuando tributa.
Los
Deberes deben ser compartidos de parte y parte, primero los que gobiernan
cumpliendo con el repartimiento presupuestario art. 233 con las asignaciones de manera individual a cada
Instituciones diversificada por todo el
País para la realización de obras públicas, art.196 Cont. Párr. 2º los gobernados
tratando de que esos servicios sean eficientes y cumplan con el deber de darle
un buen uso, cuidando las Obras y todas las propiedades y riquezas publicas y
evitando el deterioro del medio Ambiente, el desorden social y las malas
conductas en contra de convivencia, ¿Cumplen los gobernantes su rol
que la constitución le imputa? ¿Cumplen los gobernados con los deberes
que la Constitución y otras normas les exigen? Usted
Conteste.
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