DERECHOS Y DEBERES



Los servicios públicos incluyendo el agua, alimentación, educación seguridad, protección, Salud, Justicia, Información, Libertad de Expresión y difusión del pensamiento solo son derechos que los gobernantes no cumplen.

La irresponsabilidad Social corrompe y extingue los deberes que exigen  la constitución y leyes del ordenamiento jurídico, los primeros en incumplirlo son los gobernantes y los gobernados por  falta  de educación y conciencia. 

Cuando se habla de derechos y deberes se está ante la cualidad o virtud de más elevada trascendencia que dignifica al hombre o mujer sin importar el grado social, político, económico y religioso a que pertenezca, tampoco importa el color, edad, raza ni invalidez física que presente su cuerpo, la facultad de hacer, no hacer, dar o no dar y de exigir todo lo que la ley permite y que no vulnere el orden establecido según se indique , porque esos derechos producen obligación y prudencia que exigen los principios morales, la autoridad y la misma conciencia, los Deberes, sinónimos de Derechos.
Rosa Duarte dijo: “Dios me ha conservado la facultad de pensar, recordar y también me ha concedido el sagrado derecho de protestar contra los traidores a la Patria” esa valiente mujer Dominicana fue parte de una de la familia más digna e ilustre que lucho por la independencia, nació en el barrio Santa bárbara de Santo Domingo en 28 de Junio 1820, murió en Venezuela en la más absoluta miseria el 25 de Octubre de 1888. Tácito y significativo es el mensaje de la ilustre heroína que se identifico con el pensamiento de los Duarte en cuanto al sagrado derecho que tienen los humanos de convertirse en protestante por causas justas que deben buscarse, solo pensando y recordando el desacierto de los que nos gobierna se debe exigir los derechos.
La Constitución de la República en sus artículos, iniciado en el 37, 38, 39, 40 y Sigts, al 72 contempla todos los derechos que un humano necesita para que la vida tenga razón de ser y vivirla con más decencia, pero el art. 75 de la misma Constitución refiere los Deberes Fundamentales que esos derechos exigen en cuanto a la responsabilidad Jurídica y Moral que obliga mantener buena conducta, dice el numeral 1 de esa Constitución, que son deberes fundamentales de las personas, acatar y cumplir la Constitución y las Leyes, respetar y obedecer las autoridades establecida por ella, prestar servicio para el desarrollo de la Patria, Tributar, educarse, abstenerse de acto perjudiciales a la estabilidad, independencia o soberanía y otros que los que gobiernan y gobernados irrespetan.
En cuanto a los Derechos se inician desde la concepción vital o sea antes de nacer hasta la muerte, incluyen la dignidad, la igualdad entre unos y otros, la libertad y seguridad personal, prohíbe la esclavitud, derecho a la intimidad, al culto religioso, a la libertad de expresión e información y también difusión de lo que se piensa, de tránsito, de reunión, de propiedad, a la Salud, al Medio Ambiente limpio, Justicia con eficacia equidad sin privilegios , a alimentarse, a la seguridad social, al Trabajo y una serie de prerrogativas que explicita e implícita contemplan y exigen esos derechos, que solo son una teoría envuelta en esa normativa que los que gobiernan y administran el patrimonio estatal y los gobernados no cumplen.
Los Derechos de Hombres y Mujeres, se inicia en esta tierra todavía Colonia Española, hoy República Dominicana, en 1511 con Antonio Montesino que nació en España en 1475 luego ingreso en la orden de predicadores en el Convento de San Esteban de la Ciudad de Salamanca y formando parte del primer grupo de Misioneros dominicos llego a la Isla la Hispañola en 1510, el 21 de Diciembre de 1511 pronuncio antes los encomenderos y el Virrey Diego Colon, el Sermón de Adviento, censurando las injusticias contra los aborígenes o Nativos pobladores de la Isla, condenaba los repartimientos de las tierras y la falsedad de los títulos que otorgaba la soberanía de la corona  de Castilla para dar esas tierras, denuncio los abusos y el irrespeto contra los derechos arrebatado contra hombres y Mujeres indefensos, con esas denuncias y defensas nacen las Leyes de Burgos en 1512 que otorgaban protección a los Aborígenes, este ilustre reclamante de derecho murió en Venezuela por los años 1540.¡ Glorias para siempre!
Derechos y Deberes se plasman como normas de desarrollo social para cualquier colectividad que lo practiquen, responsabilidad es de los que gobiernan otorgarlo y facilitarlo a los gobernados, y una obligación de prudencia y equilibrio es la cooperación absoluta de los gobernados en la protección de esos derechos si las autoridades los ofrecen, la Constitución y otras Leyes adjetivas los contemplan y dan ordenes y poder a los gobiernos para que éstos existan, le otorga cada año un presupuesto económico de partidas con valor Nacional destinado para cada provincias, ¿ Que hacen los administradores gubernamentales con esas partidas económicas? entiéndase que ese es el tributo fiscal que aporta el pueblo para exigir derechos, traducido en servicios públicos art. 147 Const. , Agua, Electricidad, Salud, alimentación, Justicia, Seguridad, Medicina, Medio Ambiente Limpio, Caminos Vecinales, Carreteras, Trabajos, Salarios Justos etc., etc., esas son las inversiones que el pueblo reclama después de hacer sus aportes cuando tributa.

Los Deberes deben ser compartidos de parte y parte, primero los que gobiernan cumpliendo con el repartimiento presupuestario art. 233 con las  asignaciones de manera individual a cada Instituciones  diversificada por todo el País para la realización de obras públicas, art.196 Cont.  Párr. los gobernados tratando de que esos servicios sean eficientes y cumplan con el deber de darle un buen uso, cuidando las Obras y todas las propiedades y riquezas publicas y evitando el deterioro del medio Ambiente, el desorden social y las malas conductas en contra de convivencia, ¿Cumplen los gobernantes su rol que la constitución  le imputa? ¿Cumplen los gobernados con los deberes que la Constitución y otras normas les exigen? Usted Conteste.        

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