PROCESO EN LA FORMACION DE VALORES Y PRINCIPIOS
POLANCO ANÍBAL
PROCESO
EN LA FORMACION DE VALORES Y PRINCIPIOS
(Ley de Transito)
Un
sistema en la proyección de mejorar la formación de valores, principios y
conductas de los ciudadanos de este país, no ha sido puesto en práctica en el
diseño de la política educacional y social para la medición de la calidad de vida y convivencia social,
por los que gobiernan este país que con la mala aplicación de su política
educacional lo que producen es muchos accidentes y en vez de educar perjudican,
tenemos leyes, normas y Códigos que forman montones de montañas muertas que
ellos trazan, pero que no respetan ni imponen respeto.
El
día 9 de Mayo hasta el domingo 14 del 2017, la Republica Dominicana participó
juntos a la Organización Mundial de la Salud, (OMS) en la llamada, “Semana Mundial de la
Seguridad Vial” el objetivo fue crear conciencia sobre el
manejo prudente para la salvación de vidas y la prevención de accidentes de
Tránsitos, en un país de desorden, caos y pandemónium que produce inmensidad de
muertes.
En ese
momento el Ministro de la Presidencia, Roberto Rodrigo Marchena, quien es el
portavoz del gobierno, exhorto a una participación masiva en la iniciativa
propuesta de salvar vidas reduciendo la velocidad en el manejo de Vehículos, también
el Ministro de Interior y Policía, Amarante Baret, consideró que la
Organización del tránsito terrestre y la educación Vial, es una meta
fundamental de los gobernantes, sus autoridades y los Ciudadanos, con el
cumplimiento de las reglas que se establecen que dejen de ser letras muertas.
Con
esos planteamientos el Gobierno reconoce el rol que le pertenece como
responsable de que el Ciudadano cumpla con el deber que le toca, y que la impunidad
no se haga parte del desorden para proteger votos, que en este país los
Políticos que son quienes gobiernan y administran, han cambiado la correcta
forma de gobernar el País por la protección del voto, los grupos gobernantes
reconocen la responsabilidad social y de convivencia que le toca, pero se hacen
de la vista gorda para corregir este pandemónium existente, buscando la
aceptación del voto por esos grupos transgresores de las leyes existentes y la
vulneración del orden público, los Legisladores votan leyes pero no se cumplen.
Si
los que gobiernan y administran el País estuviesen o se propusieran un sistema
en la proyección de mejorar la formación de valores con su pueblo y en especial,
con los más jóvenes que es el sector que más transgrede las leyes y que en un %
muy alto, lo hace por ignorancia y con un espíritu fuera de obediencias y
porque se cree los todos poderosos, plantear un sistema de educación y
formación
vial
para el manejo de Vehículos de motor en el país, especialmente al inicio de que
cada posible conductor solicite el permiso de licencias, sin pensar que hay leyes
que contemplan las reglas y las Normas de conducción de un vehículo de motor, ¿
Por qué? porque difícilmente alguien aquí conoce el contenido legal de cada
normativa incluyendo muchos Abogados, El sistema de formación debe contemplar
el cumplimiento irrestricto de las leyes de tránsito que lo establecen y que
esas directrices estén por encima de la voluntad de conseguir votos.
El
Mes de Mayo del 2017, el Dr, Alejandro Soto Mendes, director Médico del “Soporte Vital de
Trauma Pre hospitalaria PHTLS” indico que las estadísticas de Víctimas en
tránsito de accidentes en el país consumen el 1. 8% del producto Interno Bruto
del país (PIB) destinado al sector Salud
para atenciones de Pacientes con lesiones por accidentes en colisión o choques
de Vehículos de motor y el desorden conductual que impera en la
irresponsabilidad y violencia de los Ciudadanos que conducen y que proporcionan
una carga económica, Psicológica y Social para el País que lo sufre.
Las
Leyes de Tránsitos son y han sido parte existente desde siempre, la ley 241 aun
por derogarse, pero vigente es de fecha 3 de Mayo del año 1967, que pronto será
sustituida por la ley 63-17 que esta promulgada, pero carece de Reglamento, ley
114 del 22 de Abril de 199, ley 143- 01, ley 174-09, ley 225-07, además tiene
leyes complementarias, como la Ley 585 que creó el Juzgado de Paz Especiales de
Transito, Ley 4117, sobre seguro Obligatorio contra daño que ocasionen
Vehículos de Motor, Ley de Señalamiento de Transito en las Vías públicas, cada
Ley de las mencionada establecen un articulado en el que tipifican las
obligaciones del conductor en las vías públicas
El
Articulo 1 de la Ley que regirá en lo adelante el tránsito en el país, 63-17
establece que tiene por Objeto “Regular y supervisar la movilidad, el
transporte Terrestre, el Tránsito y la Seguridad Vial en la Republica
Dominicana y establecer las instituciones responsables de planificar y ejecutar
dichas actividades y las Normativas a tal efecto” o sea que es el propósito de
su existencia, y el porqué la creó el legislador, al igual que la promulgación
por el Presidente de la Republica.
Uno de
los casos de violación de los que se establecen en la ley de Tránsito y que ha
sido permanente, es la prohibición de conducir un Vehículo de Motor sin haber
cumplido la edad de 18 años y como excepción, que el menor de 16 años puede
hacerlo, si sus padres se comprometen asumir la responsabilidad de cualquier
daño que éste cometa, otra prohibición que se viola sin que nadie la suspenda, especialmente
en los Motocicletas, es la de los espejos laterales derechos e izquierdos, que
con los Carros, Camiones y Guaguas, las autoridades son muy efectivas, pero las
Motocicletas desde que son sacada de la Agencias, sus respectivos dueños, le
quitan los retrovisores y sin que se le prohíban conducen por las Vías
públicas.
Las
estadísticas existentes en el País, indican que el 80% de los accidentes en el
País son causas de muertes, y que el sector Motocicletas en esos casos, produce
el 68%, los Hospitales Dominicanos
reciben diario y Semanal, el porciento más altos de pacientes con un resultado
de daños físicos, Psicológicos, Social y una carga económica para el Estado que
ya no soporta, ¿Porqué?. La irresponsabilidad política y de gobernar pensando en
el voto que puede aportar el Ciudadano transgresor, mas la protección con
destino del proselitismo partidario, que permite el ruido ensordedor de los
habitantes, los Mofler pichado por ignorancia Juvenil, la Música con volumen
muy altos, el zigzagueo de motoristas delincuentes y el irrespeto Vial sin
consecuencias por el delitos y son las circunstancias existentes.
“Como alerta, el país Dominicano no puede darse el lujo de gastar
el 1,8 % de su presupuesto Nacional económico, para patrocinar el irrespeto y
la delincuencia de un grupo criminal prepotentes, descarado y perversos, que se
creen dueños del espacio Vial y la convivencia publica.
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