TRES PRECEPTOS DE LA COMUNICACIÓN RADIOFÓNICA
Todos los medios de comunicación
informativa se sustentan en tres preceptos o principios, el reglamento 824 implícitamente establece, que el locutor y
cualquier persona que tome un micrófono para expresarse públicamente debe cumplir
esos principios, educación, información
y el entretenimiento, el propósito de la comisión Nacional de espectáculos
públicos es evitar que en la República Dominicana se realicen espectáculos y
emisiones radiofónicas que ofendan la moral y las buenas costumbres de sus
gentes.
En su Art. 4 la Comisión de espectáculos
públicos y radiofonía establece, que dictará cuantas medidas de orden y
organización sean necesarias para las vigencias y funcionamiento de todos los
espectáculos públicos y emisiones radiofónicas, en su Art, 69 indica que los programas
producido desde una estación radiodifusora, la publicidad comercial no podrá
exceder de un minuto de duración entre cada pieza musical, y que debe
realizarse sin producir desagrado al público.
La radio y la televisión constituyen una
actividad de interés público y tienen que someterse a normas y leyes que
regulen su funcionamiento, normativa que debe someter la Comisión Nacional de
Espectáculos públicos y Radiofonía, adema se indica que la radio y Televisión, tienen
una función social de cooperar con el fortalecimiento de la integración nacional
y la mejora de la convivencia, el respeto a los principios de la moral, la educación
y a un desarrollo armonioso del pueblo Dominicano, arts. 60,61 y 62.
La
Comunicación informativa por radio se encarga de la propagación de mensajes
noticiosos de gran interés para la sociedad estar enterada de los hechos que
suceden a cada minuto, las informaciones pueden ser de distintos temas, como
músicas, culturas, análisis, noticiosas, económicas, políticas y religiosas,
para que haya comunicación, tiene que existir un emisor (radiodifusión) y un receptor
(el publico) que recibe la información que se denomina comunicación o mensaje
compartido.
Siendo
así que, el intercambio de información conjuga la comunicación entre el
radio/oyente receptor y el emisor, una definición más precisa de comunicación,
indica que es la frecuencia de información de un lugar a otro o de una persona
a otra, en los arts. 97 y 98 del reglamento 824 se indica que, las transmisiones
de las estaciones difusoras, deberán hacer uso estrictamente del idioma
Nacional o con un traductor del idioma diferente, especifica que en las
transmisiones de radio y televisión, solo podrán laborar locutores que cuentan
con un carnet que lo acredite para tal fin.
Los
programas radio informativos como televisivos, se han multiplicado en esos
medios de forma eminente, los intereses de distintos grupos con incidencia
gremiales, las agrupaciones políticas, Juntas de vecinos, el periodismo
radiofónico y otros, han motivado una producción de espacios radiofónicos con
temas diversos, sacando prácticamente los espacios de músicas tradicional y
temas culturales, con la desventaja de una participación de seudos locutores,
que su producción, salvo las excepciones, carecen de prosodia, ortofonía y
sintaxis, no conocen las reglas del idioma o lenguaje con el que se expresan.
Pero
la situación de la Radio y Televisión se agrava más, con la producción de
buenos locutores y periodistas que aun realizando un trabajo excelente, muchas
veces usan el Chantaje y otros métodos inmorales que afectan los principios o
preceptos de la comunicación informativa, también la ética, los medios de
comunicación tienen como base esencial con la información, educación,
información y el entretenimiento, que en el país se viola por falta de control
oficial en el ejercicio.
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